Ley 21.309

Beneficios previsionales para afiliados activos y pensionados en condición de enfermo terminal

A partir del 1 de julio comenzó a regir esta nueva normativa la cual permitirá el retiro anticipado de las cuentas individuales de las AFP para aquellas personas calificadas como enfermos terminales.

Beneficiarios:

  • Afiliados activos al sistema de pensiones de AFP.
  • Pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez total o parcial o sobrevivencia, en todas las modalidades, salvo Renta Vitalicia.
  • Pensionados Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Quienes quieran iniciar el trámite, deben presentar una solicitud de Certificación de Enfermo Terminal, acompañada de un certificado firmado por el médico tratante y el director médico de la institución.

Hemos dispuesto un formulario para aquellos pacientes de Clínica Santa María que consideren cumplen con los requisitos indicados por la ley, los cuales son:

  • Ser mayor a 18 años.
  • Haber sido diagnosticado con una enfermedad de carácter terminal y con pronóstico de vida menor a 12 meses.